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Ley 7/2018, de 26 de marzo, de Seguridad Ferroviaria.
En vigor Comunitat Valenciana · Publicada el 20 de abril de 2018 · Último cambio el 2 de julio de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Concepto y alcance de la seguridad ferroviaria.
- Artículo 4. Definiciones legales y clasificación de líneas del sistema ferroviario. 2 redacciones · cambió el 30/12/2022
- Artículo 5. Principios fundamentales de seguridad ferroviaria.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 6. Creación y adscripción.
- Artículo 7. Régimen jurídico.
- Artículo 8. Fines y funciones. 2 redacciones · cambió el 09/12/2024
- Artículo 9. Régimen económico.
- Artículo 10. Patrimonio.
- Artículo 11. Régimen presupuestario.
- Artículo 12. Régimen de personal.
- CAPÍTULO II
- Artículo 13. Órganos.
- Artículo 14. El Consejo Rector. 6 redacciones · cambió el 09/12/2024
- Artículo 15. La Presidencia. 3 redacciones · cambió el 09/12/2024
- Artículo 16. La Dirección General. 3 redacciones · cambió el 09/12/2024
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 17. Composición.
- Artículo 18. Condiciones y requisitos generales de seguridad de los subsistemas del sistema ferroviario. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Artículo 19. Régimen de autorización y puesta en servicio de los subsistemas del sistema ferroviario.
- Artículo 20. Seguridad en líneas o tramos de línea de carácter tranviario. 3 redacciones · cambió el 02/07/2026
- Artículo 21. Adquisición de los terrenos necesarios para las obras de seguridad ferroviaria y control preventivo municipal.
- Artículo 22. Control periódico.
- Artículo 23. Accesibilidad.
- CAPÍTULO II
- Sección primera
- Artículo 24. Requisitos de carácter general.
- Artículo 25. Infraestructuras a cielo abierto.
- Artículo 26. Infraestructuras en túnel.
- Sección segunda
- Artículo 27. Prohibición del establecimiento de nuevos pasos a nivel.
- Artículo 28. Normas de seguridad aplicables a los pasos a nivel y su viario de aproximación.
- Artículo 29. Mantenimiento y conservación.
- Artículo 30. Competencias administrativas.
- Sección tercera
- Artículo 31. Requisitos de carácter general.
- Sección cuarta
- Artículo 32. Requisitos de carácter general.
- Artículo 33. Seguridad intrínseca.
- Sección quinta
- Artículo 34. Requisitos de carácter general.
- Articulo 35. Régimen de autorización y puesta en servicio del material rodante.
- Artículo 36. Control periódico.
- CAPÍTULO III
- Sección primera
- Artículo 37. Requisitos de carácter general.
- Artículo 38. Control periódico.
- Sección segunda
- Artículo 39. Requisitos de carácter general. 2 redacciones · cambió el 09/12/2024
- Artículo 40. Reglamento de circulación ferroviaria.
- Artículo 41. Normas específicas de explotación tranviaria.
- Artículo 42. Aplicaciones telemáticas. 2 redacciones · cambió el 09/12/2024
- CAPÍTULO IV
- Artículo 43. Condiciones y requisitos.
- Artículo 44. Controles de alcoholemia y sustancias psicoactivas.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 45. Certificación.
- Artículo 46. Contenido del certificado de seguridad.
- CAPÍTULO II
- Artículo 47. Solicitud del certificado de seguridad.
- Artículo 48. Vigencia del certificado de seguridad.
- CAPÍTULO III
- Artículo 49. De la revocación del certificado de seguridad.
- TÍTULO V
- Artículo 50. Creación de la Comissió d’Investigació d’Accidents Ferroviaris.
- Artículo 51. Objeto y finalidad.
- Artículo 52. Procedimiento de notificación de incidentes y accidentes.
- Artículo 53. Medidas cautelares.
- Artículo 54. Publicidad y transparencia.
- Artículo 55. Asistencia integral a las personas afectadas por accidentes ferroviarios.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 56. Competencia y funciones.
- Artículo 57. Obligación de colaboración.
- Artículo 58. Planes de inspección.
- Artículo 59. Inspectores de la seguridad ferroviaria.
- Artículo 60. Procedimiento de inspección de la seguridad ferroviaria.
- CAPÍTULO II
- Artículo 61. Responsabilidad y concurrencia de sanciones. 2 redacciones · cambió el 09/12/2024
- Sección primera
- Artículo 62. Clasificación y prescripción de las infracciones.
- Artículo 63. Infracciones leves. 3 redacciones · cambió el 09/12/2024
- Artículo 64. Infracciones graves. 3 redacciones · cambió el 09/12/2024
- Artículo 65. Infracciones muy graves. 3 redacciones · cambió el 09/12/2024
- Sección segunda
- Artículo 66. Sanciones. 4 redacciones · cambió el 02/07/2026
- Artículo 67. Graduación de las sanciones.
- Sección tercera
- Artículo 68. Caducidad.
- Artículo 69. Medidas provisionales.
- Artículo 70. Multas coercitivas.
- Disposición adicional primera. Adscripción de personal de la Generalitat.
- Disposición adicional segunda. Presupuesto inicial de la Agència Valenciana de Seguretat Ferroviària.
- Disposición adicional tercera. Tiempos máximos de conducción en el transporte ferroviario y tranviario.
- Disposición adicional cuarta. Coordinación en materia de seguridad.
- Disposición adicional quinta. Facultades psicofísicas del personal de conducción y circulación.
- Disposición adicional sexta. Tramos de carácter tranviario. 3 redacciones · cambió el 02/07/2026
- Disposición adicional séptima. Reducción de pasos a nivel.
- Disposición adicional octava. Adaptación de los túneles existentes.
- Disposición transitoria primera. Vigencia de la orden sobre normas de seguridad aplicables a los pasos a nivel en las líneas de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana.
- Disposición transitoria segunda. Vigencia del reglamento general de circulación ferroviaria.
- Disposición transitoria tercera. Certificado de seguridad de la entidad Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana.
- Disposición transitoria cuarta. Ejercicio de las funciones reservadas a la Agència Valenciana de Seguretat Ferroviària.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Estatuto de la Agència Valenciana de Seguretat Ferroviària.
- Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo normativo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXOS
- ANEXO I
- ANEXO II


