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Legislación › Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.

Disposición adicional primera. Normas de desarrollo.

Disposición adicional primera. Normas de desarrollo.

1. El Gobierno de Navarra dictará las disposiciones reglamentarias precisas para el desarrollo y ejecución de esta ley foral.

2. Asimismo, se autoriza al Gobierno de Navarra para que:

a) Acomode las cuantías y plazos señalados en los artículos de esta ley foral a lo que, sobre su importe y duración, se haya establecido por la Unión Europea e introduzca en su texto las oportunas modificaciones derivadas de los Anexos de las Directivas Europeas.

b) Apruebe las normas, medidas o instrucciones que incidan en los aspectos administrativos, técnicos y económicos del sistema de contratación, que serán de aplicación a todas las personas y entidades sometidas a esta ley foral.

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