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Legislación › Ley 4/2018, de 19 de abril, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 10. Medidas contra la transfobia.

Artículo 10. Medidas contra la transfobia.

Las Administraciones públicas aragonesas, en colaboración con las asociaciones que trabajan en el ámbito de la identidad o expresión de género:

1. Diseñarán, implementarán y evaluarán sistemáticamente una política proactiva en relación con la mejor integración social de las personas transexuales. Dicha política estará dotada de los instrumentos y estructuras necesarios para hacerla viable y ostentará carácter transversal.

2. Desarrollarán e implementarán programas de capacitación, sensibilización u otros dirigidos a contrarrestar entre el personal funcionario, laboral, estatutario y sanitario de las Administraciones y de los organismos, sociedades y entes públicos aragoneses las actitudes discriminatorias, los prejuicios y los estereotipos dominantes por motivos de identidad de género.

3. Emprenderán campañas de sensibilización, dirigidas al público en general, a fin de combatir los prejuicios subyacentes a la violencia relacionada con la identidad de género y para obtener el respeto efectivo de la identidad de género de las personas trans.

4. Realizarán campañas entre la propia población de personas trans fomentando la autoestima y el sentido de la propia dignidad frente a las posibles reacciones adversas del entorno social y familiar.

5. Defenderán eficazmente, en materia de identidad de género, el tratamiento pluralista y la no difusión de los prejuicios que conducen a la discriminación o que incitan a la violencia por motivos de identidad o expresión de género en los medios de comunicación de titularidad pública o privada.

6. Apoyarán el reconocimiento y la acreditación de asociaciones, colectivos y organizaciones que promueven y protegen los derechos de las personas trans.

7. Fomentarán, incluyendo la planificación y subvención de actividades académicas y de investigación, que las universidades del sistema universitario de Aragón atiendan a la formación y la investigación en materia de identidad de género, estableciendo convenios de colaboración, si ello fuera aconsejable, para:

a) Impulsar la investigación y la profundización teórica sobre la realidad humana de la identidad de género.

b) Elaborar estudios sociológicos y de otra índole sobre la realidad social de las personas trans.

c) Orientar y ayudar en los planes de formación y de empleo de las personas trans.

d) Elaborar planes de formación para el personal profesional sanitario y de otras ramas del conocimiento que entran en contacto con la transexualidad.

8. Incentivarán de manera activa la participación social y una mayor integración en el ámbito lúdico y deportivo.

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