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Real Decreto 814/2018, de 6 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la clasificación de las canales de porcino.
En vigor Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · Publicada el 7 de julio de 2018 · Último cambio el 21 de febrero de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Clasificación obligatoria de canales y excepciones.
- Artículo 4. Presentación de la canal.
- Artículo 5. Pesaje, clasificación y marcado.
- Artículo 6. Peso de la canal.
- Artículo 7. Contenido de carne magra de las canales de porcino.
- Artículo 8. Comunicación de los resultados de clasificación.
- Artículo 9. Controles sobre el terreno.
- Artículo 10. Medidas a adoptar cuando se detecten irregularidades y corrección de deficiencias.
- Artículo 11. Mesa de Coordinación de Clasificación de Canales y Precios. 2 redacciones · cambió el 08/04/2021
- Artículo 12. Régimen sancionador en materia de clasificación, pesaje y marcado de canales. 2 redacciones · cambió el 21/02/2025
- Disposición adicional única. No incremento del gasto público.
- Disposición transitoria única. Derechos y obligaciones subsistentes.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Desarrollo normativo y modificación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II


