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Legislación › Real Decreto 815/2018, de 6 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la clasificación de las canales de vacuno y ovino y al registro y comunicación de los precios de mercado de determinadas categorías de canales y animales vivos.

ANEXO IV

Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de julio de 2018 y la del 9 de abril de 2021. Tachado: lo que se quitó (36 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO IV
Contenido mínimo del curso formativo para la autorización de clasificadores
1. Contenido teórico
Aspectos legales y fundamentos del sistema de clasificación y registro de precios de canales de vacuno. las canales.
Modelos de la Unión Europea de clasificación: canales clasificación de vacuno.
2. Contenido práctico
las canales.
Correctas prácticas de faenado. faenado y tipos de presentaciones autorizadas.
Preparación Pesaje, identificación y marcado de las canales para su clasificación, presentación, pesada e identificación. canales.
Bases prácticas de la clasificación de canales de vacuno.
Ejercicio selectivo sobre 40 canales de vacuno escogidas al azar.
Comentario
y visionado de resultados. fotografías y, en su caso, vídeos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de abril de 2021 En vigor BOE-A-2021-5485 Leer Qué cambió
11 de julio de 2018 Texto original Leer

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