Legislación › Real Decreto 815/2018, de 6 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la clasificación de las canales de vacuno y ovino y al registro y comunicación de los precios de mercado de determinadas categorías de canales y animales vivos.
ANEXO V
ANEXO V
Criterios mínimos de aceptabilidad
1) No serán aceptables errores en la categoría de la canal.
2) Errores en la clase de conformación:
a) No serán aceptables los errores en 6 o más subclases de conformación en una misma canal.
b) No será aceptable un número de errores en subclases de conformación que sea igual o mayor al 60% del número de las canales evaluadas (esto equivale a 24 subclases en un ejercicio realizado sobre 40 canales).
3) Errores en el estado de engrasamiento:
a) No serán aceptables los errores en 2 o más clases de engrasamiento en una misma canal.
b) No será aceptable un número de errores en 1 clase de engrasamiento que afecte a más del 20% del total de las canales evaluadas.
c) En el caso de utilización de subclases, el error en 3 subclases equivaldrá a 1 error de clase completa.
d) En el caso de utilización de subclases, el error en 1 ó 2 subclases no serán tenidos en cuenta.
Se modifica por el art. 1.11 del Real Decreto 145/2021, de 9 de marzo. BOE-A-2021-5485
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de abril de 2021 En vigor | BOE-A-2021-5485 | Leer | Qué cambió |
| 11 de julio de 2018 | Texto original | Leer |


