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Legislación › Real Decreto 815/2018, de 6 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la clasificación de las canales de vacuno y ovino y al registro y comunicación de los precios de mercado de determinadas categorías de canales y animales vivos.

ANEXO V

ANEXO V

Criterios mínimos de aceptabilidad

1) No serán aceptables errores en la categoría de la canal.

2) Errores en la clase de conformación:

a) No serán aceptables los errores en 6 o más subclases de conformación en una misma canal.

b) No será aceptable un número de errores en subclases de conformación que sea igual o mayor al 60% del número de las canales evaluadas (esto equivale a 24 subclases en un ejercicio realizado sobre 40 canales).

3) Errores en el estado de engrasamiento:

a) No serán aceptables los errores en 2 o más clases de engrasamiento en una misma canal.

b) No será aceptable un número de errores en 1 clase de engrasamiento que afecte a más del 20% del total de las canales evaluadas.

c) En el caso de utilización de subclases, el error en 3 subclases equivaldrá a 1 error de clase completa.

d) En el caso de utilización de subclases, el error en 1 ó 2 subclases no serán tenidos en cuenta.

Se modifica por el art. 1.11 del Real Decreto 145/2021, de 9 de marzo. BOE-A-2021-5485

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de abril de 2021 En vigor BOE-A-2021-5485 Leer Qué cambió
11 de julio de 2018 Texto original Leer

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