Legislación › Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de cooperación y desarrollo sostenible.
Disposición transitoria segunda. Procedimientos de reintegro, devolución y remanentes no aplicados.
Disposición transitoria segunda. Procedimientos de reintegro, devolución y remanentes no aplicados.
En los procedimientos de reintegro, devolución y remanentes no aplicados ya iniciados antes de la entada en vigor de la disposición adicional cuarta de la Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de cooperación y desarrollo sostenible, no les será de aplicación la misma, rigiéndose por la normativa anterior.
Se añade por el art. 75.3 de la Ley 6/2024, de 5 de diciembre. BOE-A-2025-1
Téngase en cuenta que esta disposición ya había sido añadida por el Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio.
Se añade por el art. 74.3 del Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio. DOGV-r-2024-90142
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de diciembre de 2024 En vigor | BOE-A-2025-1 | Leer | Qué cambió |
| 11 de julio de 2024 | BOE-A-2024-90142 | Leer |
← Disposición transitoria primera Índice Disposición derogatoria única →


