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Legislación › Ley 9/2018, de 20 de diciembre, de transporte público de viajeros por carretera de Castilla y León.

Artículo 71. Requisitos de las instalaciones auxiliares.

Artículo 71. Requisitos de las instalaciones auxiliares.

Las instalaciones auxiliares garantizarán los adecuados estándares de calidad, seguridad y accesibilidad, y en todo caso, favorecerán el uso del transporte público a todas las personas, especialmente las de movilidad reducida.

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