Legislación › Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
Artículo 44. Instrumentos de la ordenación urbanística.
Artículo 44. Instrumentos de la ordenación urbanística.
1. El instrumento de planeamiento general tiene como objeto establecer la ordenación estructural y, en su caso, la ordenación detallada, conforme a su regulación. El instrumento de planeamiento general es el Plan General Municipal.
2. Los instrumentos complementarios del planeamiento general, cuyo objeto es establecer o modificar determinaciones de ordenación estructural y detallada, conforme a su objeto son:
a) Planes Especiales.
b) Catálogos.
3. Los instrumentos de desarrollo del planeamiento general cuyo objeto es establecer o modificar determinaciones de ordenación detallada, conforme a su objeto son:
a) Planes Parciales.
b) Estudios de Detalle.
4. Contribuyen a la ordenación urbanística y, en su caso, la complementan, los siguientes instrumentos:
a) Ordenanzas Municipales de Edificación y Urbanización.
b) Normas Técnicas de Planeamiento.
Se modifica el apartado 3 y se añade el apartado 4 por el art. 1.3 del Decreto-ley 10/2020, de 22 de mayo. BOE-A-2020-7441
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de mayo de 2020 En vigor | BOE-A-2020-7441 | Leer | Qué cambió |
| 27 de junio de 2019 | Texto original | Leer |


