Legislación › Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears.
Artículo 39. Incompatibilidades.
Artículo 39. Incompatibilidades.
Los miembros del Gobierno no pueden ejercer otro cargo público, ni ninguna otra actividad laboral, profesional, mercantil o industrial, salvo la mera administración de su patrimonio personal o familiar. Asimismo, les es aplicable la legislación específica sobre incompatibilidades y conflicto de intereses de los miembros del Gobierno y altos cargos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.


