LexTotal

Legislación › Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears.

Disposición adicional quinta. Informe sobre la organización territorial.

Disposición adicional quinta. Informe sobre la organización territorial.

En el marco del artículo 57 del Estatuto de Autonomía, que habilita al Gobierno de las Illes Balears a establecer organismos, servicios y dependencias en cualquiera de las islas, el Gobierno tiene que encomendar al Instituto de Estudios Autonómicos la elaboración de un informe relativo a la organización territorial de la Administración de la comunidad autónoma y de los entes que de ella dependen, como también de la ubicación territorial de los organismos, servicios y dependencias de estas entidades.

El informe contendrá una diagnosis del actual modelo y el estudio de las posibles alternativas. Este informe y sus conclusiones, una vez aprobadas por el Gobierno, se presentarán ante la Comisión General de Consejos Insulares para su debate, en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de esta ley.

← Disposición adicional cuarta Índice Disposición adicional sexta →