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Legislación › Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

Disposición adicional segunda. Fondo Estatal para la Integración de los Inmigrantes.

Disposición adicional segunda. Fondo Estatal para la Integración de los Inmigrantes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 ter de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en la redacción dada por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, el Fondo Estatal para la Integración de los Inmigrantes tendrá una dotación de 70 millones de euros para el ejercicio 2019.

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