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Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 12 de marzo de 2019 · Último cambio el 11 de enero de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Subsidio por desempleo de mayores de 52 años.
- Artículo 2. Prestaciones familiares de la Seguridad Social.
- Artículo 3. Cuantías mínimas de las pensiones de incapacidad permanente total.
- Artículo 4. Protección social de las personas trabajadoras en el sector marítimo-pesquero.
- Artículo 5. Cotización en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios establecido en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Artículo 6. Inactividad de artistas en espectáculos públicos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Conversión de contratos eventuales de trabajadores agrarios en contratos indefinidos o contratos fijos-discontinuos. 2 redacciones · cambió el 11/01/2023
- Artículo 8. Bonificación por la contratación laboral de personas desempleadas de larga duración. 2 redacciones · cambió el 11/01/2023
- Artículo 9. Medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística. 3 redacciones · cambió el 11/01/2023
- CAPÍTULO III
- Artículo 10. Registro de jornada.
- Artículo 11. Infracciones laborales.
- Disposición adicional primera. Grupo de expertos y expertas para la propuesta de un nuevo Estatuto de los Trabajadores.
- Disposición adicional segunda. Fondo Estatal para la Integración de los Inmigrantes.
- Disposición adicional tercera. Evaluación de las medidas de fomento del empleo indefinido del capítulo II. 2 redacciones · cambió el 11/01/2023
- Disposición transitoria primera. Aplicación del límite de edad máximo de 30 años con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto-ley.
- Disposición transitoria segunda. Cotización con cargo a las cuotas por cese de actividad en la situación de incapacidad temporal de los trabajadores autónomos que se encontraran en dicha situación a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
- Disposición transitoria tercera. Prestación de paternidad.
- Disposición derogatoria única. Alcance de la derogación.
- Disposición final primera. Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Disposición final segunda. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 8/2009, de 28 de agosto de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española.
- Disposición final cuarta. Título competencial.
- Disposición final quinta. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- [firma]


