LexTotal

Legislación › Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana.

Disposición transitoria novena. Exigibilidad de las prestaciones garantizadas.

Disposición transitoria novena. Exigibilidad de las prestaciones garantizadas.

1. Las prestaciones definidas como garantizadas en esta ley producirán efectos jurídicos a los dieciocho meses de la entrada en vigor de esta.

2. Lo que dispone el párrafo anterior no afectará a las prestaciones ya consolidadas como derecho subjetivo.

← Disposición transitoria octava Índice Disposición transitoria décima →