Legislación › Orden PCI/346/2019, de 25 de marzo, por la que se establece el procedimiento y normas objetivas de valoración aplicables a los procesos de evaluación en la Guardia Civil.
Artículo 10. Grupo 4 «Otros elementos de valoración».
Artículo 10. Grupo 4 «Otros elementos de valoración».
El grupo 4 de valoración, sobre “Otros elementos de valoración”, se compone de los siguientes elementos:
a) “Pruebas físicas”. Valora positivamente la superación por parte del personal evaluado, de las pruebas físicas periódicas y voluntarias establecidas para la promoción y mejora de la salud en el Cuerpo.
La información concerniente a este elemento de valoración se obtendrá del expediente de aptitud psicofísica del citado personal.
b) “Notas desfavorables”. Se encuentra integrado por los siguientes conceptos:
1.º “Penas por delitos”. Valora negativamente las penas que figuren anotadas y no canceladas en el apartado correspondiente de la hoja de servicios del personal evaluado.
2.º “Sanciones disciplinarias”. Valora negativamente las sanciones por falta grave y muy grave que figuren anotadas y no canceladas en el apartado correspondiente de la hoja de servicios del personal evaluado.
Se modifica por el art. único.5 de la Orden PJC/1328/2023, de 11 de diciembre. BOE-A-2023-25285
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de diciembre de 2023 En vigor | BOE-A-2023-25285 | Leer | Qué cambió |
| 28 de marzo de 2019 | Texto original | Leer |


