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Legislación › Ley 1/2019, de 1 de marzo, para la recuperación de la memoria democrática en el Principado de Asturias.

Artículo 27. Testimonio directo de las víctimas.

Artículo 27. Testimonio directo de las víctimas.

La Administración educativa asturiana, al objeto de garantizar el respeto de los derechos humanos y la defensa de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, impulsará planes y proyectos de educación para la libertad, la democracia y la paz, en los que se procurará la presencia del testimonio directo de las víctimas del Franquismo.

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