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Legislación › Ley 2/2019, de 1 de marzo, de calidad alimentaria, calidad diferenciada y venta directa de productos alimentarios.

Artículo 29. Recursos y financiación de las entidades de gestión.

Artículo 29. Recursos y financiación de las entidades de gestión.

Las entidades de gestión, para el cumplimiento de sus fines, se financiarán con los siguientes recursos:

a) Los bienes que constituyan su patrimonio y los productos, rentas y ventas del mismo.

b) Las subvenciones, legados y donaciones que reciban.

c) Las cuotas de pertenencia que podrán exigir a los operadores que las integren.

d) Los derechos por prestación de servicios. Cuando tales derechos deriven del ejercicio de las funciones públicas del artículo 27.3, letras a) y f), deberán ser autorizados por la Consejería competente en materia agroalimentaria.

e) Cualquier otro ingreso que proceda.

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