Legislación › Ley 2/2019, de 21 de febrero, de aprendizaje a lo largo de la vida adulta en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 21. Definición.
Artículo 21. Definición.
El sistema integrado de aprendizaje para el desarrollo personal y social es el conjunto de programas, acciones formativas y de aprendizaje que facilitan a las personas adultas seguir procesos de adquisición de contenidos y competencias personales y sociales para la consecución de la titulación en Educación Secundaria Obligatoria o de Bachillerato, el acceso a las enseñanzas del sistema educativo español, la adquisición de las competencias clave, idiomas, incluido el español como lengua nueva y las lenguas propias, competencias digitales y aprendizajes que favorezcan la participación ciudadana, la inclusión social y la mejora educativa a través de una oferta flexible y adecuada a los intereses y necesidades de la población adulta.


