Legislación › Ley
Ley 2/2019, de 21 de febrero, de aprendizaje a lo largo de la vida adulta en la Comunidad Autónoma de Aragón.
En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 13 de abril de 2019 · Último cambio el 6 de marzo de 2019 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definición de aprendizaje a lo largo de la vida adulta.
- Artículo 3. Destinatarios.
- Artículo 4. Objetivos.
- Artículo 5. Líneas vertebradoras.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 6. Actuaciones formativas.
- Artículo 7. Diseño.
- Artículo 8. Programas e itinerarios.
- Artículo 9. Requisitos de acceso.
- Artículo 10. Agentes.
- Artículo 11. Acreditación y reconocimiento.
- CAPÍTULO II
- Artículo 12. Definición.
- Artículo 13. Fines.
- Artículo 14. Instrumentos.
- Artículo 15. Órganos de coordinación del sistema integrado de cualificación y formación profesional.
- Artículo 16. Colaboración de las empresas, de los agentes sociales y otras entidades.
- Artículo 17. Instalaciones y equipamientos docentes.
- Artículo 18. Oferta del sistema integrado de cualificación y formación profesional.
- Artículo 19. Procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales.
- Artículo 20. Oferta integrada de formación profesional.
- CAPÍTULO III
- Artículo 21. Definición.
- Artículo 22. Fines.
- Artículo 23. Oferta del sistema integrado de aprendizaje para el desarrollo personal y social.
- Artículo 24. Evaluación.
- Artículo 25. Centros y aulas de educación de personas adultas.
- Artículo 26. Formación e integración lingüística en idiomas.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 27. Definición.
- Artículo 28. Principios de la orientación dentro del aprendizaje a lo largo de la vida adulta.
- Artículo 29. Funciones del sistema integrado de orientación dentro del aprendizaje a lo largo de la vida adulta.
- Artículo 30. Itinerarios formativos.
- CAPÍTULO V
- Artículo 31. Formación de formadores.
- Artículo 32. Innovación y desarrollo.
- Artículo 33. Centro de Innovación y Desarrollo Educativo a Distancia.
- TÍTULO II
- Artículo 34. Participación.
- Artículo 35. Consejo aragonés de aprendizaje a lo largo de la vida adulta.
- Artículo 36. Composición del Consejo.
- Artículo 37. Funciones del Consejo.
- Artículo 38. Comisiones Territoriales de aprendizaje a lo largo de la vida adulta.
- Artículo 39. Colaboración y coordinación con otras Administraciones públicas, los agentes económicos y sociales y las entidades de iniciativa social y ciudadana sin fines de lucro.
- Artículo 40. Financiación.
- Disposición transitoria única. Consejo aragonés de aprendizaje a lo largo de la vida adulta.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Referencia de género.
- Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]


