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Legislación › Ley 2/2019, de 21 de febrero, de aprendizaje a lo largo de la vida adulta en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 38. Comisiones Territoriales de aprendizaje a lo largo de la vida adulta.

Artículo 38. Comisiones Territoriales de aprendizaje a lo largo de la vida adulta.

1. El Consejo aragonés de aprendizaje a lo largo de la vida adulta podrá constituir Comisiones Territoriales de aprendizaje a lo largo de la vida adulta con el fin de promover, impulsar, difundir y coordinar las actividades y programas de enseñanza-aprendizaje de las personas adultas desarrollados en su respectivo ámbito territorial, velando por que la oferta se ajuste a las necesidades e intereses de sus ciudadanos.

2. La constitución, composición y funcionamiento de estas Comisiones serán reguladas reglamentariamente. Su ámbito territorial tendrá en consideración la delimitación comarcal de Aragón.

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