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Legislación › Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears.

Artículo 89. Políticas de prevención en materia de formación y empleo.

Artículo 89. Políticas de prevención en materia de formación y empleo.

Las políticas de prevención en materia de formación y empleo tienen como objetivos principales:

a) La elaboración de programas de ayuda y orientación socio-laboral dirigidos especialmente a personas menores de edad en situación de riesgo, vulnerabilidad y desprotección social y a jóvenes con dificultades sociales o que hayan salido de instituciones de protección e inserción de menores de edad.

b) La formación y la orientación para el empleo.

c) El fomento del empleo joven, con especial apoyo a las personas que, por sus circunstancias personales o sociales, encuentran más dificultades a la incorporación laboral.

d) El control y la vigilancia de la normativa laboral, en especial respecto a situaciones de explotación laboral.

e) El cumplimiento de los fines que recoge la normativa en materia de prevención de riesgos laborales.

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