Legislación › Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears.
Disposición adicional duodécima. Registro autonómico de declaraciones de situación de riesgo.
Disposición adicional duodécima. Registro autonómico de declaraciones de situación de riesgo.
El Gobierno de las Illes Balears, en el plazo de 18 meses, tiene que regular y poner en funcionamiento el Registro autonómico de declaraciones de situación de riesgo con funciones de inscripción, control, inventario y mantenimiento de los datos relativos a estas declaraciones.
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