LexTotal

Legislación › Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears.

Disposición adicional decimotercera. Oficina Balear de la Infancia y la Adolescencia.

Disposición adicional decimotercera. Oficina Balear de la Infancia y la Adolescencia.

Según el artículo 227 de la presente ley, la Oficina de Defensa de los Derechos del Menor, creada por el Decreto 16/1997, de 30 de enero, modificado por los decretos 83/1998, de 11 de septiembre, y 25/2000, de 25 de febrero, pasa a denominarse Oficina Balear de la Infancia y la Adolescencia.

Las referencias en el ordenamiento jurídico a la Oficina de Defensa de los Derechos del Menor se entienden realizadas a la Oficina Balear de la Infancia y la Adolescencia.

← Disposición adicional duodécima Índice Disposición adicional decimocuarta →