Legislación › Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears.
Disposición adicional decimotercera. Oficina Balear de la Infancia y la Adolescencia.
Disposición adicional decimotercera. Oficina Balear de la Infancia y la Adolescencia.
Según el artículo 227 de la presente ley, la Oficina de Defensa de los Derechos del Menor, creada por el Decreto 16/1997, de 30 de enero, modificado por los decretos 83/1998, de 11 de septiembre, y 25/2000, de 25 de febrero, pasa a denominarse Oficina Balear de la Infancia y la Adolescencia.
Las referencias en el ordenamiento jurídico a la Oficina de Defensa de los Derechos del Menor se entienden realizadas a la Oficina Balear de la Infancia y la Adolescencia.
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