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Legislación › Ley 12/2019, de 12 de marzo, de consultas populares y procesos participativos.

Artículo 111. Definición.

Artículo 111. Definición.

Los presupuestos participativos son el instrumento de participación que, por iniciativa de la autoridad convocante, permite a la ciudadanía incidir en la distribución de una parte de los presupuestos de gasto de una administración.

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