Legislación › Ley 12/2019, de 12 de marzo, de consultas populares y procesos participativos.
Artículo 111. Definición.
Artículo 111. Definición.
Los presupuestos participativos son el instrumento de participación que, por iniciativa de la autoridad convocante, permite a la ciudadanía incidir en la distribución de una parte de los presupuestos de gasto de una administración.


