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Legislación › Real Decreto 284/2019, de 22 de abril, por el que se establecen las disposiciones de aplicación de la reglamentación de la Unión Europea en el sector del lúpulo, y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales de minimis destinadas a dicho sector.

Artículo 13. Preparación en circuito cerrado de operación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de mayo de 2019 y la del 3 de noviembre de 2024. Tachado: lo que se quitó (27 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 13. Preparación en circuito cerrado de operación.
Para preparación en circuito cerrado de operación será de aplicación el artículo 10 del Reglamento (CE) n.º 1850/2006 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2006. (Sin contenido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de noviembre de 2024 En vigor BOE-A-2024-22668 Leer Qué cambió
5 de mayo de 2019 Texto original Leer

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