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Legislación › Ley 3/2019, de 15 de marzo, sobre acción concertada con entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para la prestación de servicios de carácter social.

Disposición final segunda. Habilitación normativa y atribución de facultades de desarrollo.

Disposición final segunda. Habilitación normativa y atribución de facultades de desarrollo.

Se habilita al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en esta ley.

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