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Ley 3/2019, de 8 de abril, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria.

En vigor Comunidad Autónoma de Cantabria · Publicada el 8 de mayo de 2019 · Último cambio el 30 de abril de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Definiciones.
  5. Artículo 3. Finalidades del servicio público en materia de protección civil y gestión de emergencias.
  6. Artículo 4. Principios del servicio público en materia de protección civil y gestión de emergencias.
  7. Artículo 5. Adopción de medidas en garantía de la seguridad de la población.
  8. TÍTULO I
  9. Artículo 6. Derechos de los ciudadanos.
  10. Artículo 7. Deberes generales.
  11. Artículo 8. Deberes específicos.
  12. Artículo 9. El voluntariado de protección civil.
  13. Artículo 10. Bomberos voluntarios.
  14. TÍTULO II
  15. CAPÍTULO I
  16. Artículo 11. Estrategia de Protección Civil de Cantabria.
  17. CAPÍTULO II
  18. Artículo 12. Red Autonómica de Información sobre Protección Civil.
  19. Capítulo III
  20. Artículo 13. Análisis de riesgos.
  21. Artículo 14. Catálogo de actividades susceptibles de generar riesgo.
  22. Artículo 15. Catálogo de medios y recursos movilizables.
  23. Artículo 16. Registro de Planes de Protección Civil de Cantabria.
  24. Artículo 17. Autoprotección corporativa. Planes de autoprotección.
  25. Artículo 18. Elaboración, implantación, modificación y revisión de los planes de autoprotección. 2 redacciones · cambió el 04/04/2025
  26. Artículo 19. Ejercicios y simulacros en materia de autoprotección.
  27. Artículo 20. Ordenación del territorio y urbanismo.
  28. CAPÍTULO IV
  29. Sección 1
  30. Artículo 21. Planes de protección civil. 2 redacciones · cambió el 04/04/2025
  31. Artículo 22. Asignación de recursos a los planes.
  32. Artículo 23. Ejercicios y simulacros en materia de protección civil.
  33. Sección 2
  34. Artículo 24. Definición y contenido de los planes territoriales.
  35. Artículo 25. Plan Territorial de Protección Civil de Cantabria.
  36. Artículo 26. Planes territoriales de protección civil municipales o supramunicipales.
  37. Sección 3
  38. Artículo 27. Definición y contenido de los planes especiales.
  39. CAPÍTULO V
  40. Artículo 28. Tipología de respuestas ante los diferentes tipos de emergencia.
  41. Artículo 29. Dirección de la emergencia.
  42. Artículo 30. Servicios de intervención y asistencia en emergencias.
  43. CAPÍTULO VI
  44. Artículo 31. Acciones de recuperación.
  45. Artículo 32. Registro Autonómico de Datos sobre Emergencias y Catástrofes.
  46. Artículo 33. Evaluación e inspección.
  47. TÍTULO III
  48. CAPÍTULO I
  49. Artículo 34. El Gobierno de Cantabria.
  50. Artículo 35. Consejería competente en materia de protección civil.
  51. Artículo 36. La Gestión de Emergencias. El Centro de Gestión de Emergencias.
  52. Artículo 37. El Centro de Atención de Emergencias.
  53. Artículo 38. Municipios.
  54. Artículo 39. La Alcaldía.
  55. Artículo 40. Entidades supramunicipales.
  56. Artículo 41. Centros de emergencias de las entidades locales.
  57. Artículo 42. La Comisión de Protección Civil de Cantabria.
  58. Artículo 43. Comisiones locales de protección civil.
  59. CAPÍTULO II
  60. Artículo 44. Disposiciones generales.
  61. Artículo 45. Funciones.
  62. Artículo 46. Convenios de colaboración.
  63. TÍTULO IV
  64. Artículo 47. Actuaciones administrativas de protección.
  65. Artículo 48. Vigilancia, control e inspección.
  66. Artículo 49. Inspección en materia de protección civil.
  67. Artículo 50. Organización y funcionamiento de la inspección de protección civil.
  68. Artículo 51. Los inspectores de protección civil.
  69. Artículo 52. Colaboración con la inspección de protección civil.
  70. Artículo 53. Actas de inspección.
  71. TÍTULO V
  72. CAPÍTULO I
  73. Artículo 54. Responsabilidad en otros ámbitos.
  74. Artículo 55. Potestad sancionadora.
  75. Artículo 56. Sujetos responsables.
  76. CAPÍTULO II
  77. Artículo 57. Concepto.
  78. Artículo 58. Infracciones muy graves.
  79. Artículo 59. Infracciones graves.
  80. Artículo 60. Infracciones leves.
  81. CAPÍTULO III
  82. Artículo 61. Sanciones.
  83. Artículo 62. Criterios de graduación de las sanciones.
  84. CAPÍTULO IV
  85. Artículo 63. Prescripción de las infracciones.
  86. Artículo 64. Prescripción de las sanciones.
  87. CAPÍTULO V
  88. Artículo 65. Órganos competentes para la incoación y plazo de resolución.
  89. Artículo 66. Competencias sancionadoras.
  90. Disposición adicional primera. Modificaciones de relaciones de puestos de trabajo.
  91. Disposición adicional segunda. Habilitación temporal de funcionarios.
  92. Disposición adicional tercera. Fases y situaciones del plan territorial de protección civil y de los planes especiales de protección civil cuya competencia corresponda al Gobierno de Cantabria. 2 redacciones · cambió el 30/04/2026
  93. Disposición adicional cuarta. Competencia para la activación y desactivación de las fases y situaciones de los planes de Protección Civil cuya competencia corresponde al Gobierno de Cantabria.
  94. Disposición transitoria única. Planes de Protección Civil vigentes.
  95. Disposición derogatoria única.
  96. Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
  97. Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario de la unidad de inspección de protección civil.
  98. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  99. Firma