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Legislación › Ley Foral 18/2019, de 4 de abril, sobre acceso y ejercicio de las profesiones del deporte en Navarra.

Disposición transitoria sexta. Reglamentaciones federativas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de junio de 2020 y la del 31 de diciembre de 2022. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria sexta. Reglamentaciones federativas.
Las federaciones deportivas navarras deberán adaptar, en su caso, la reglamentación federativa a esta ley foral antes del 1 de septiembre enero de 2022. 2024.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2022 En vigor BOE-A-2023-1406 Leer Qué cambió
23 de junio de 2020 BOE-A-2020-9675 Leer Qué cambió
12 de abril de 2019 Texto original Leer

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