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Legislación › Real Decreto 308/2019, de 26 de abril, por el que se aprueba la norma de calidad para el pan.

Artículo 11. Materias primas y otros ingredientes.

Artículo 11. Materias primas y otros ingredientes.

Todas las materias primas, ingredientes y aditivos que se utilicen en la elaboración del pan, deberán cumplir las disposiciones que les sean de aplicación.

1. Materias primas básicas: harina, agua, levadura de panificación o masa madre y sal.

2. Ingredientes del pan común:

a) Salvado.

b) Sémolas, grañones y granos enteros, únicamente en el pan integral.

c) El contenido máximo de sal permitido en el pan común, como producto acabado, debe ser de 1,31 gramos por 100 gramos de pan (13,1 g de sal por kilogramo de pan o el correspondiente 0,52 g de sodio por 100 g de pan) si se analiza mediante determinación de cloruros o de 1,66 gramos de sal por 100 gramos de pan (16,6 g de sal por kilogramo de pan o el correspondiente 0,66 g de sodio por 100 g de pan), si se analiza mediante determinación de sodio total.

d) En el pan definido en el párrafo segundo del artículo 3, ingredientes empleados en sustitución de la harina y necesarios para dotarle de sus atributos intrínsecos, tales como almidones o fibras vegetales.

3. Ingredientes de los panes especiales: se permite la incorporación a la masa panaria, además de los indicados para el pan común, los ingredientes siguientes, sin ser limitativa la relación:

a) Gluten de trigo seco o húmedo.

b) Leche entera, concentrada, condensada, en polvo, total o parcialmente desnatada, o suero lácteo en polvo.

c) Huevos y ovoproductos.

d) Harinas de granos o semillas procedentes de plantas distintas a los cereales.

e) Harinas de malta o extracto de malta, azúcares comestibles y miel.

f) Grasas y aceites comestibles.

g) Cacao, especias, condimentos y semillas.

h) Pasas, frutas u otros vegetales, preparados o condimentados.

4. Aditivos en las condiciones y las dosis autorizadas según la legislación vigente.

Se añade la letra d) al apartado 2 por el art. 9.3 del Real Decreto 142/2026, de 25 de febrero. BOE-A-2026-4519

Redacciones de este artículo

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1 de marzo de 2026 En vigor BOE-A-2026-4519 Leer Qué cambió
1 de julio de 2019 Texto original Leer

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