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Legislación › Ley 6/2019, de 29 de marzo, de Participación y Promoción Juvenil.

Artículo 47. Régimen jurídico y de personal.

Artículo 47. Régimen jurídico y de personal.

1. El Consejo de la Juventud del Principado de Asturias se rige por el derecho administrativo.

2. La revisión en vía administrativa de los actos del Consejo de la Juventud sujetos al derecho administrativo se regirá por lo establecido en la legislación del régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

3. El régimen del personal que pueda existir al servicio del Consejo de la Juventud del Principado de Asturias se regirá por lo establecido en la legislación básica y en la del Principado de Asturias en materia de empleo público.

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