Legislación › Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco.
Artículo 45. Régimen de los bienes culturales de protección básica.
Artículo 45. Régimen de los bienes culturales de protección básica.
1. A los elementos protegidos de los bienes culturales de protección básica les resultan de aplicación los criterios de restauración científica o de restauración conservadora previstos en el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado.
2. En ningún caso podrán ser objeto de derribo total o parcial los elementos del inmueble cuyos valores culturales hayan determinado su inclusión en el catálogo del planeamiento urbanístico municipal como bienes culturales de protección básica.
Se modifica por el art. 6 de la Ley 14/2023, de 30 de noviembre. BOE-A-2023-26639
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de enero de 2024 En vigor | BOE-A-2023-26639 | Leer | Qué cambió |
| 21 de mayo de 2019 | Texto original | Leer |


