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Legislación › Ley 13/2018, de 28 de diciembre, de caminos públicos y rutas senderistas de Mallorca y Menorca.

Artículo 60. Infracciones leves.

Artículo 60. Infracciones leves.

Se consideran infracciones leves las siguientes:

a) Realizar actuaciones sometidas a autorización administrativa sin haberla obtenido, en los casos en que las actuaciones puedan legalizarse posteriormente.

b) Incumplir alguna de las prescripciones que imponen las autorizaciones otorgadas si el incumplimiento puede legalizarse.

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