Legislación › Ley 13/2018, de 28 de diciembre, de caminos públicos y rutas senderistas de Mallorca y Menorca.
Artículo 61.
Artículo 61.
Responsabilidades
1. Son responsables de las infracciones las personas físicas o jurídicas, privadas o públicas, que cometen cualquiera de los actos u omisiones tipificados como infracciones.
2. También son responsables de la infracción, los promotores, los constructores y los técnicos que hayan participado en la realización de los hechos infractores.


