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Legislación › Ley 13/2018, de 28 de diciembre, de caminos públicos y rutas senderistas de Mallorca y Menorca.

Artículo 61.

Artículo 61.

Responsabilidades

1. Son responsables de las infracciones las personas físicas o jurídicas, privadas o públicas, que cometen cualquiera de los actos u omisiones tipificados como infracciones.

2. También son responsables de la infracción, los promotores, los constructores y los técnicos que hayan participado en la realización de los hechos infractores.

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