Legislación › Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Artículo 15. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de enero de 2020 y la del 10 de marzo de 2021.
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Artículo 15. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
1. El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, con rango de Subsecretaría, de la que depende la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
2.º La Dirección General de Política Económica.
3.º La Dirección General de Análisis Macroeconómico.
4.º La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
B) La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, de la que depende la dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General de Administración Digital, con rango de Subsecretaría.
2.º La Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial.
C) La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, de la que depende la Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual.
D) La Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de la que depende la Secretaría General Técnica.
2. Queda suprimida la Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de octubre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-16191 | Leer | Qué cambió |
| 2 de marzo de 2022 | BOE-A-2022-3292 | Leer | Qué cambió |
| 10 de marzo de 2021 | BOE-A-2021-3701 | Leer | Qué cambió |
| 29 de enero de 2020 | Texto original | Leer |


