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Legislación › Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Artículo 16. Ministerio de Sanidad.

Artículo 16. Ministerio de Sanidad.

1. El Ministerio de Sanidad se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

A) La Secretaría de Estado de Sanidad, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1. La Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud, con rango de Subsecretaría, de la que depende la Dirección General de Salud Digital y Sistemas de Información para el Sistema Nacional de Salud.

2. La Dirección General de Salud Pública.

3. La Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.

4. La Dirección General de Ordenación Profesional.

5. La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, con rango de Dirección General.

B) La Subsecretaría de Sanidad, de la que depende la Secretaría General Técnica.

2. Quedan suprimidas la Secretaría General de Sanidad y Consumo y la Secretaría General de Sanidad, así como la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación y la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.

Se modifica el apartado 1 por el art. 1 del Real Decreto 852/2021, de 5 de octubre de 2021. BOE-A-2021-16232

Se modifica por la disposición final 1 del Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto. BOE-A-2020-9139

Se modifica por la disposición final 1.1 del Real Decreto 454/2020, de 10 de marzo. BOE-A-2020-3514

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de octubre de 2021 En vigor BOE-A-2021-16232 Leer Qué cambió
6 de agosto de 2020 BOE-A-2020-9139 Leer Qué cambió
12 de marzo de 2020 BOE-A-2020-3514 Leer Qué cambió
29 de enero de 2020 Texto original Leer

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