Legislación › Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.
Disposición adicional segunda. Efectos jurídicos de los sistemas utilizados en las Administraciones públicas.
Disposición adicional segunda. Efectos jurídicos de los sistemas utilizados en las Administraciones públicas.
Todos los sistemas de identificación, firma y sello electrónico previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tendrán plenos efectos jurídicos.
← Disposición adicional primera Índice Disposición adicional tercera →


