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Legislación › Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.

Disposición adicional primera. Reconversión y cambio de uso de establecimientos de alojamiento turístico y edificaciones con usos no residenciales.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de octubre de 2023 y la del 10 de mayo de 2024. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

Disposición adicional primera. Reconversión y cambio de uso de establecimientos de alojamiento turístico y edificaciones con usos no residenciales.
(Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de mayo de 2024 En vigor BOE-A-2024-15575 Leer Qué cambió
4 de octubre de 2023 BOE-A-2023-24418 Leer Qué cambió
20 de octubre de 2020 Texto original Leer

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