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Legislación › Ley 8/2020, de 11 de noviembre, de Garantía de Derechos de las Personas Lesbianas, Gais, Trans, Transgénero, Bisexuales e Intersexuales y No Discriminación por Razón de Orientación Sexual e Identidad de Género.

Artículo 36. Criterio de actuación de la Administración.

Artículo 36. Criterio de actuación de la Administración.

La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria adoptará las medidas necesarias para eliminar cualquier tipo de discriminación, directa o indirecta, por razón de orientación sexual, identidad sexual o identidad de género que pueda presentarse en el acceso a la función pública y a los recursos y prestaciones de servicios.

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