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Legislación › Real Decreto 1113/2020, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales de España.

Artículo 25. Fondos de la Academia.

Artículo 25. Fondos de la Academia.

Los fondos de la Academia consistirán:

a) En la asignación ordinaria que se le conceda en los Presupuestos Generales del Estado.

b) En las asignaciones extraordinarias con que las Administraciones Públicas o cualesquiera fundaciones, asociaciones u otras entidades públicas o privadas quieran impulsar los varios fines de la Academia.

c) En los ingresos que genere por venta de sus obras o publicaciones, por prestación de

servicios, rentas de sus bienes u otros.

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