Legislación › Ley 5/2020, de 1 de diciembre, de Instituciones Museísticas de Extremadura.
Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera.
El Registro de Museos y Exposiciones Museográficas Permanentes creado por Decreto 110/1996, de 2 de julio, y recogido en la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, seguirá en funcionamiento hasta que quede constituido de manera efectiva el Registro de la Red de Instituciones Museísticas de Extremadura.
← Disposición adicional tercera Índice Disposición transitoria segunda →


