Legislación › Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.
Disposición transitoria octava. Régimen transitorio en materia de procedimientos amistosos.
Disposición transitoria octava. Régimen transitorio en materia de procedimientos amistosos.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 13/2023, de 24 de mayo. BOE-A-2023-12204
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de mayo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-12204 | Leer | Qué cambió |
| 6 de febrero de 2020 | Texto original | Leer |
← Disposición transitoria séptima Índice Disposición derogatoria única →


