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Decreto-ley 38/2020, de 3 de noviembre, por el cual se adoptan medidas en el ámbito cultural para paliar los efectos de la crisis generada por la pandemia de la COVID-19.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 25 de diciembre de 2020 · Último cambio el 5 de noviembre de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Subvenciones para compensar las pérdidas por cancelación de espectáculos y actividades culturales con motivo de la COVID-19.
- Artículo 2. Personas beneficiarias.
- Artículo 3. Requisitos y condiciones.
- Artículo 4. Cuantía.
- Artículo 5. Pérdida de ingresos subvencionable.
- Artículo 6. Documentación que hay que presentar con la solicitud.
- Artículo 7. Procedimiento de concesión.
- Artículo 8. Propuesta de concesión.
- Artículo 9. Resolución.
- Artículo 10. Pago.
- Artículo 11. Justificación.
- Artículo 12. Subvenciones para dar apoyo a la financiación de los gastos de funcionamiento de empresas y entidades culturales durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
- Artículo 13. Personas beneficiarias.
- Artículo 14. Requisitos, condiciones e incompatibilidades.
- Artículo 15. Gastos subvencionables.
- Artículo 16. Cuantía.
- Artículo 17. Documentación que hay que presentar con la solicitud.
- Artículo 18. Procedimiento de concesión.
- Artículo 19. Propuesta de concesión y resolución.
- Artículo 20. Pago.
- Artículo 21. Justificación.
- Disposición final. Entrada en vigor.
- Firma
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