Legislación › Real Decreto 371/2020, de 18 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Extracciones Marítimas.
Artículo 3. Aeronaves de Estado.
Artículo 3. Aeronaves de Estado.
Todas las referencias que se hacen en este real decreto a los buques y embarcaciones de Estado naufragados o hundidos se entenderán asimismo hechas a las aeronaves de Estado que se hallen en dicha situación.


