Legislación › Ley 2/2020, de 5 de marzo, de la vitivinicultura.
Artículo 18. Elaboración de productos vitivinícolas.
Artículo 18. Elaboración de productos vitivinícolas.
Solo pueden elaborarse en Cataluña los productos vitivinícolas que estén autorizados por la normativa sectorial vigente.


