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Legislación › Ley 2/2020, de 5 de marzo, de la vitivinicultura.

Artículo 18. Elaboración de productos vitivinícolas.

Artículo 18. Elaboración de productos vitivinícolas.

Solo pueden elaborarse en Cataluña los productos vitivinícolas que estén autorizados por la normativa sectorial vigente.

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