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Legislación › Real Decreto 557/2020, de 9 de junio, por el que se adoptan medidas extraordinarias en el sector del vino para hacer frente a la crisis causada por la pandemia de COVID-19, y por el que se fija una norma de comercialización en el sector del vino y se modifica la regulación sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola y el programa de apoyo al sector del vino.

Artículo 22. Pagos.

Artículo 22. Pagos.

El pago de la ayuda se realizará cuando se hayan celebrado los contratos, es decir, tras haber realizado los controles y el precintado de los depósitos o almacenes.

El pago de la ayuda se efectuará antes del 15 de octubre del 2020.

El otorgamiento y pago o denegación de esta ayuda corresponde a la autoridad competente de la comunidad autónoma donde se presente la solicitud de la ayuda.

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