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Legislación › Real Decreto 550/2020, de 2 de junio, por el que se determinan las condiciones de seguridad de las actividades de buceo.

Artículo 52. Técnicas de buceo extractivo.

Artículo 52. Técnicas de buceo extractivo.

Las técnicas de buceo extractivo permitidas son las siguientes:

a) Autónomo.

b) Suministro en superficie.

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