Legislación › Ley 7/2020, de 2 de julio, de la Agencia de la Naturaleza de Cataluña.
Disposición adicional quinta. Gestión de los espacios agrarios.
Disposición adicional quinta. Gestión de los espacios agrarios.
La Agencia de la Naturaleza de Cataluña y el departamento competente en materia de espacios agrarios deben establecer los mecanismos de coordinación y colaboración necesarios para la gestión de los espacios agrarios, de acuerdo con la Ley 3/2019, de 17 de junio, de los espacios agrarios, teniendo en cuenta su aptitud productiva y la necesaria gestión y protección del medio natural, de acuerdo con la legislación ambiental.
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