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Legislación › Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco.

Artículo 80. Acceso a la Escala de Facultativos y Técnicos.

Artículo 80. Acceso a la Escala de Facultativos y Técnicos.

1. El acceso a la Escala de Facultativos y Técnicos de la Ertzaintza se efectuará mediante los sistemas de oposición, concurso o concurso-oposición como promoción interna del personal funcionario de la Ertzaintza. No obstante, de no proveerse las vacantes por promoción interna, se podrá proceder a su convocatoria en turno libre.

2. Para el acceso a la Escala de Facultativos y Técnicos de la Ertzaintza desde alguna de las otras escalas de la Ertzaintza, deberá hallarse en alguna de las situaciones administrativas que permiten el acceso a la promoción interna, haber completado dos años de servicios efectivos en la escala de procedencia y no haber sido sancionado por la comisión de falta grave o muy grave, salvo que se hubiera obtenido la cancelación de la sanción impuesta.

3. El personal que acceda a la Escala de Facultativos y Técnicos de la Ertzaintza podrá participar en las convocatorias de provisión de puestos y de promoción interna relativas a la categoría que tuviera antes de acceder a la Escala de Facultativos y Técnicos.

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