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Legislación › Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco.

Artículo 81. Adquisición.

Artículo 81. Adquisición.

La condición de funcionario o funcionaria de carrera en los distintos cuerpos que integran la Policía del País Vasco se adquiere por el acceso a plazas de plantilla presupuestaria pertenecientes a sus escalas o categorías, mediante el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos:

a) Superación del procedimiento selectivo.

b) Nombramiento conferido por la autoridad competente.

c) Toma de posesión dentro del plazo reglamentario.

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