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Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En vigor Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · Publicada el 30 de junio de 2021 · Último cambio el 10 de julio de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo] 2 redacciones · cambió el 18/05/2022
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y finalidad.
  4. Artículo 2. Ámbito territorial de aplicación.
  5. Artículo 3. Régimen Jurídico aplicable. 2 redacciones · cambió el 18/05/2022
  6. Artículo 4. Vigencia de los programas. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
  7. CAPÍTULO II
  8. Artículo 5. Beneficiarias directas.
  9. Artículo 6. Trámites para la concesión de las ayudas.
  10. Artículo 7. Obligaciones de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
  11. Artículo 8. Otras obligaciones de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla beneficiarias. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
  12. Artículo 9. Coordinación y seguimiento.
  13. Artículo 10. Financiación y costes indirectos imputables. 4 redacciones · cambió el 10/07/2024
  14. CAPÍTULO III
  15. Artículo 11. Destinatarios últimos de las ayudas. 3 redacciones · cambió el 18/05/2022
  16. Artículo 12. Requisitos para obtener la condición de destinatario último de las ayudas. 2 redacciones · cambió el 18/05/2022
  17. Artículo 13. Actuaciones subvencionables.
  18. Artículo 14. Cuantía de las ayudas. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
  19. Artículo 15. Incompatibilidad de las ayudas.
  20. Artículo 16. Procedimiento de concesión de las ayudas por las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla beneficiarias a los destinatarios últimos. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
  21. Artículo 17. Órganos competentes para ordenar e instruir el procedimiento de concesión de ayudas.
  22. Artículo 18. Órganos competentes para la resolución del procedimiento de concesión de ayudas.
  23. Artículo 19. Reintegro.
  24. Artículo 20. Publicidad. 3 redacciones · cambió el 28/12/2023
  25. Disposición adicional única. Contención del gasto de personal.
  26. Disposición final primera. Título competencial.
  27. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  28. [firma]
  29. ANEXO I
  30. ANEXO II
  31. ANEXO III
  32. ANEXO IV
  33. ANEXO V
  34. ANEXO VI